Oaxaca. En medio de una desacreditación hacia los órganos autónomos por sus constantes gastos excesivos y carga representativa para el Estado, la Consejera Presidenta del OPLE de Oaxaca, desvió recursos públicos por un monto superior a los 19 millones de pesos
Este señalamiento se desprende de la Auditoría practicada al Proceso Electoral 2022, en la que se realizaron 56 observaciones y recomendaciones, las cuales corresponden a un monto total por $50,776,644.23 (cincuenta millones setecientos setenta y seis mil seiscientos cuarenta y cuatro pesos 23/100 M.N.).
De dicho universo de observaciones, 19 fueron solventadas, 22 más fueron parcialmente satisfechas y 15 no fueron solventadas, mismas que ascienden a la cantidad de $19,975,117.32 (diecinueve millones novecientos setenta y cinco mil ciento diecisiete pesos 32/100 M.N.). En el informe se precisa que de las 19 observaciones solventadas, once se relacionan con materia de adquisiciones, pues no se presentó la documentación justificativa correspondiente.
Además de lo anterior, se detectó entre otras cosas, que la Consejera Presidenta del OPLE Oaxaca no lleva a cabo sus licitaciones con apego a la normativa estatal vigente en materia de adquisiciones, pues a pesar de las múltiples observaciones que le realizó el Órgano Interno de Control, utiliza como cuerpo normativo un Reglamento en materia de adquisiciones en el que se establecen montos mínimos y máximos a modo. Ello, para poder estos actos de corrupción pues los umbrales de dicho reglamento evaden aquellos montos dispuestos en el Presupuesto de Egresos del Estado de Oaxaca, tal y como se aprecia en el cuerpo normativo citado:
Enlace del reglamento interno vigente:
https://www.ieepco.org.mx/archivos/acuerdos/2020/ANEXOIEEPCOCG172020.pdf
Como se observa, en el Reglamento Interior no se hace mención que los montos mínimos y máximos para la contratación de adquisiciones, arrendamientos y servicios deberán ser considerados de acuerdo con lo que establezca el Presupuesto de Egresos del Estado, tal y como se dispone en el artículo 28 de la Ley de Adquisiciones Estatal de Oaxaca.
Por tanto, tomando como referencia la fracción I del artículo 22 del Reglamento de Adquisiciones del Órgano Electoral de Oaxaca que preside Elizabeth Sánchez González, se establece claramente que las adquisiciones, arrendamientos y contratación de servicios, cuyo valor no exceda del equivalente a 977 veces el Salario Mínimo General Vigente en Oaxaca se deberán realizar por compra directa
Es decir, que si a la fecha se aplicar las disposiciones de dicho reglamento, tendríamos que el salario mínimo equivale a $207.44, y multiplicado por el equivalente de 977 veces, equivaldría a la cantidad de 202,668.88 (doscientos dos mil seiscientos sesenta y ocho pesos 88/100 M.N.). Dicho monto rebasa el monto establecido en el Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio 2023, el cual establece en su artículo 88 que las adjudicaciones directas sólo pueden realizarse por un monto máximo de 60 mil pesos netos.
En adición a ello, debe considerarse que al ejercer recursos públicos estatales, el IEEPCO está obligado a observar la normativa estatal en materia presupuestal y financiera, sin poder argumentar que un reglamento se encuentra por encima de las normas legalmente emitidas por el Congreso del Estado.
En ese marco, a la luz de las disposiciones contenidas en el Presupuesto de Egresos vigente en Oaxaca, resultan insostenibles las disposiciones contenidas en el en el Reglamento Interior del Órgano Electoral —el cual, además, nunca fue publicado en el Periodico Oficial del Gobierno del Estado de Oaxaca—, porque ilícitamente permiten rangos y márgenes de contratación a conveniencia de la Consejera Presidenta, que también preside el Comité de Adquisiciones.
Todo esto se consideró como riesgo inminente de que la citada servidora pública, siguiera desviando recursos públicos contraviniendo lo que dispone la Ley General de Responsabilidades Administrativas, razón por la cual se decretaron medidas cautelares en su contra, siendo específicamente la de suspensión del empleo, cargo o comisión.
Ante ello, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral deberá pronunciarse al respecto, pues esa Institución —que también ha sido criticada por su despilfarro de los recursos públicos que le son asignados para mantener la ya denominada democracia dorada—, es quien nombra a las y los Consejeros que conforman los Organismos Públicos Locales Electorales de todo el país.
Ahora le corresponderá al INE nombrar a la o el Consejero encargado de la Presidencia del OPLE OAXACA. Ello, mientras no se muestren dispuestos a solapar la corrupción.
Actos reiterados como estos, son lo que le dan razones a las demandas de la ciudadanía sobre la necesidad de la desaparición de los Organismos Públicos Locales Electorales, pues siguen siendo muestra tangible de la mala utilización de la autonomía técnica y de gestión que les otorga la Constitución.
Pareciera que con base en la ignorancia que los caracteriza, sus integrantes distorsionan la autonomía por mero libertinaje institucional en la aplicación de los recursos públicos que le son asignados a través de su presupuesto; mismos que están obligados a comprobar en el ejercicio transparente de la rendición de cuentas. Y no solo eso, sino sobre todo a afrontar y ser responsables frente a la comisión de diversas faltas administrativas cometidas en ese ejercicio indebido e ilegal, que además contraviene innumerables disposiciones de la Ley de Austeridad Republicana impulsada por el Gobernador Salomón Jara Cruz y aprobada en el presente año por el Congreso del Estado en Oaxaca.